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Derechos humanos y laborales

Los derechos humanos son los derechos inherentes a todas las personas, independientemente de su nacionalidad, lugar de residencia, género, nacionalidad u origen étnico, color de piel, religión, idioma o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna.

Todas las empresas son responsables de que se respeten los derechos humanos a lo largo de toda su cadena de valor, con independencia de la capacidad o la voluntad de las autoridades en proteger los derechos humanos.

La responsabilidad corporativa de respetar los derechos humanos comporta que las empresas deben impedir la violación de los derechos de otros y enfrentar los efectos negativos sobre estos en sus actividades. No es suficiente con respetar la normativa local o realizar donaciones a organismos benéficos. 

Para que las reclamaciones puedan abordarse en un estadio temprano y resolverse de inmediato, usted como proveedor de Ericsson también habrá de establecer o ser parte de mecanismos de reparación de agravios hacia las personas y las comunidades que puedan sufrir los efectos de las actividades de negocio de su empresa.

Preguntas

  • ¿Ha evaluado cuáles son los efectos adversos, reales o potenciales, que las actividades de su empresa puedan tener en los derechos humanos?
  • ¿Qué medidas concretas ha tomado para abordar, mitigar y prevenir dichos efectos negativos?
  • ¿Su empresa dispone de métodos para tramitar las denuncias relacionadas con los efectos adversos en los derechos humanos, así como la capacidad de ofrecer soluciones a las partes perjudicadas por esa situación?
  • ¿Su empresa suele considerar y evaluar impedimentos, como puedan ser normativas locales o prácticas empresariales, que le obstaculicen a garantizar el respeto de los derechos humanos?
  • ¿Su empresa dispone de métodos que aseguren que sus proveedores y subcontratistas respetan los mismos principios sobre los derechos humanos?

Los requisitos sobre los derechos humanos y laborales incluidos en el Código

La sección del «Código de conducta para socios comerciales» de Ericsson sobre derechos humanos y laborales consta de siete áreas. Ahora repasaremos cada una de ellas y lo que se requiere de usted como proveedor, en la práctica.

Libertad de asociación

El derecho de los trabajadores a fundar sindicatos y estar facultados a la negociación colectiva a través de organizaciones representativas son derechos esenciales en sí mismos, pero también "habilitantes" en el sentido que el respeto a estos derechos desembocan, en muchos casos, en el cumplimiento de otros derechos laborales.

Como Proveedor de Ericsson, usted ha de garantizar que todos sus empleados sean libres de fundar y afiliarse, o de no hacerlo, a sindicatos u organizaciones similares de representación ajenas a su empresa, teniendo el derecho a la negociación de convenios colectivos.

Hay países en los que la ley prohíbe la existencia de sindicatos independientes. Sin embargo, incluso en estos países se pueden permitir otras formas alternativas de representación de los trabajadores. Otro factor de gran importancia es que los trabajadores sean quienes eligen a sus representantes sindicales.

Libertad de asociación
Empleo libremente elegido 

Empleo libremente elegido 

Las condiciones de empleo justas son una base crucial para garantizar el respeto de otros derechos laborales y permitir que los empleados sean conscientes de sus derechos. La esclavitud moderna, incluido el trabajo forzado, obligatorio o en condiciones de servidumbre y la trata de personas, está estrictamente prohibida. 

Los empleados deben tener información sobre sus condiciones de empleo y comprenderla. Los empleados también deben tener acceso a esta información en forma de un contrato escrito que describa los términos y condiciones básicos de empleo en un idioma comprensible para ellos. 

La esclavitud moderna puede tomar muchas formas; por ejemplo, impedir que los empleados dejen su empleo, exigir depósitos de documentos de identidad y retenerlos, exigir tarifas de contratación u obligar a los empleados a comprometerse a trabajar para un empleador durante un período de tiempo poco razonable por haber recibido capacitación patrocinada por la empresa. 

Horas de trabajo, salarios y beneficios 

Horas de trabajo, salarios y beneficios 

Las horas de trabajo, los salarios y los beneficios son partes vitales de nuestros requisitos para nuestros proveedores. 

Algunas de las cuestiones clave que usted, como proveedor, debe garantizar son:  

El pago y los términos serán justos y razonables y cumplirán, como mínimo, con las leyes aplicables o los estándares de la industria, lo que sea mayor. 

El horario de trabajo deberá cumplir con las leyes aplicables. La semana normal de trabajo no deberá exceder las 60 horas. Las horas trabajadas de forma adicional a la semana normal de trabajo serán voluntarias, a menos que se permita legalmente o se acuerde a través de medios legales, como los convenios colectivos.

Los proveedores deben esforzarse por reducir las horas de trabajo para cumplir con el estándar establecido por la OIT de 48 horas por semana. 

Excepto en circunstancias excepcionales, el personal dispondrá de al menos un día libre completo (24 horas) en cada período de siete días. 

No se permitirá la deducción de los salarios como medida disciplinaria. 

Niñas mirando la pantalla

Prevención del trabajo infantil

No podrá darse empleo las personas que no tengan la edad mínima legal de admisión al empleo.

La edad mínima general de admisión al empleo es la edad en que se completa la enseñanza escolar obligatoria, o en todo caso no menos de 15 años.

No obstante, se considera niño a todo ser humano menor de 18 años. Los niños cuya edad esté comprendida entre los 15 y 18 años y con el derecho a trabajar legalmente, no podrán, en ningún caso, emplearse para realizar cualquier tipo de trabajo considerado peligroso, o trabajo que sea incompatible con su crecimiento personal. El concepto de crecimiento personal abarca tanto la salud del niño como su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

En calidad de proveedor, usted está obligado a asegurar una gestión adecuada de programas de formación profesional para aprendices y estudiantes que trabajan.

Personas fuera de la sede de Ericsson

Trato humano y ausencia de acoso  

Ericsson no tolera ninguna forma de discriminación. Como proveedor usted debe garantizar que todos los empleados sean tratados con respeto y dignidad.

Se prohibirán los castigos corporales, el abuso físico o verbal, la intimidación u otro tipo de acoso ilegal y cualquier amenaza u otra forma de hostigamiento.

Está prohibido todo tipo de discriminación por razones de falta de parcialidad o los prejuicios, tales como la discriminación por motivos de raza, color de la piel, género, orientación sexual, estado civil, embarazo, estado parental, religión, opiniones políticas, nacionalidad, origen étnico, origen social, condición social, discapacidad, edad, pertenencia a organización sindical o ser representante de trabajadores y cualquier otra característica amparada por la legislación local, según proceda.

Torre en paisaje

Derechos sobre la tierra

En los casos donde los derechos sobre la tierra de comunidades puedan verse perjudicados, los proveedores tienen la obligación de garantizar que se inicien el diálogo apropiado y las consultas con las comunidades locales y las partes afectadas.

Dicha obligación se refiere especialmente lo que se denomina acaparamiento, adquisición o apropiación de tierras. Es decir, cuando las tierras propiedad de comunidades y/o individuos de la zona, como comunidades indígenas, aldeas y/o tierras de labranza se ven afectadas por las operaciones comerciales de una empresa. Incluso cuando las autoridades hayan otorgado a la empresa la licencia para dichas operaciones, siempre debe recabar la participación de la comunidad en la planificación y realización de las operaciones

El proceso integración de la comunidad en las operaciones, debe efectuarse de manera que está se sienta incluida, tratada como igual, respetando su cultura, teniendo en cuenta las cuestiones de género y que sea compatible con sus derechos

Cirugía activa

Uso responsable de la Inteligencia Artificial (IA)

La Inteligencia Artificial, el aprendizaje automático y los sistemas autónomos e inteligentes (conocidos en conjunto como "IA") pueden contribuir al desarrollo sostenible a la vez que son una parte importante de nuestras actividades empresariales. Por otra parte, es fundamental asegurarse de que la IA no afecte negativamente a los derechos humanos.

Se espera que los proveedores que desarrollan productos de IA para Ericsson o junto con nuestra empresa garanticen que dicha tecnología sea fiable y esté elaborada de acuerdo con las normas y los códigos deontológicos mundialmente reconocidos, y afronten los posibles efectos adversos en los derechos humanos. Por ejemplo, las Directrices éticas para una IA fiable de la Unión Europea.

Preguntas

Antes de pasar a la siguiente sección, le aconsejamos que dedique unos momentos a reflexionar sobre los temas que hemos discutido hasta este momento. Si es necesario, vuelva a repasar las secciones anteriores para asegurarse de que lo ha entendido todo. Las preguntas deben considerarse como sugerencias con los ejemplos incluidos y no como una lista de cuestiones cerrada.

  • ¿Su empresa dispone de procedimientos que garanticen el cumplimiento de la normativa internacional y local sobre derechos laborales?
  • ¿Los empleados de su empresa son libres de afiliarse, o de no hacerlo, a sindicatos y con el derecho a la negociación de convenios colectivos?
  • ¿Su empresa analiza y evalúa los riesgos de las formas modernas de esclavitud, como son el empleo de trabajadores migrantes o temporeros, el uso de intermediarios laborales, las legislaciones nacionales que permiten las malas prácticas laborales, etc.?
  • ¿Su empresa proporciona a los empleados información clara sobre sus condiciones de trabajo y también un contrato por escrito?
  • ¿Su empresa supervisa la media de horas trabajadas y se asegura que los empleados no excedan el límite legal establecido?
  • ¿Su empresa dispone de procedimientos para garantizar que no se emplean a trabajadores menores de edad?
  • ¿Su empresa tiene herramientas eficaces para prevenir toda forma de discriminación en el lugar de trabajo?
  • En caso de suministrar y / o abastecerse de materiales / componentes que incorporen materias primas, ¿su empresa dispone e procedimientos y herramientas para determinar el origen de dichas materias primas y garantizar que se han obtenido de forma responsable?
  • ¿Su empresa dispone de procedimientos para identificar, documentar y realizar el seguimiento el seguimiento de incidentes y accidentes con la finalidad de que no se repitan situaciones similares a estas?